Agentes de Recaudación:
Desde el 01/01/15, los Agentes que se encuentren inscriptos en la actividad 7 del Régimen General de Percepción por el método de lo percibido deberán informar para cada operación declarada la fecha de emisión de la respectiva factura o documento equivalente y la fecha en que se haga efectivo el cobro de la operación en que hubiere intervenido.
Este nuevo diseño de registro se encuentra disponible en la última versión del sistema de gestión comercial.